Se publica en el BOE el procedimiento para pedir el reconocimiento de cotización de las prácticas profesionales

El pasado miércoles 1 de mayo se publicó en el BOE la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril, por la que se regula la suscripción de convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas, reguladas en la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Este procedimiento afectará a las personas que hayan realizado prácticas no remuneradas (realizadas antes de 1/01/2024) y prácticas remuneradas (Realizadas antes del 1 de noviembre de 2011).

Según el procedimiento publicado, para la suscripción del convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social, las personas interesadas deberán:

1. Acreditar la realización de las prácticas formativas o las prácticas académicas externas dirigidas a la obtención de la titulación correspondiente y que no determinaron, en su momento, la inclusión en el sistema de la Seguridad Social.

Esto se acreditarán mediante certificación expedida por la universidad o el centro educativo en el que se cursaron los respectivos estudios, en la que deberá constar si las prácticas fueron o no remuneradas y el período de duración de las prácticas realizadas, con indicación expresa del número de días en que se han llevado a cabo.

En el caso de prácticas remuneradas, la certificación a que se refiere el párrafo anterior también podrá ser expedida por las empresas o entidades en que se hubieran realizado aquellas, de haberles correspondido financiar la formación, o por las entidades que la hubieran financiado, de ser distintas.

2. Solicitar la suscripción del convenio especial dentro del plazo de dos años, a contar desde la fecha de entrada en vigor de la Orden (Orden publicada ayer, 1 de mayo en BOE  que entrará en vigor el 1 DE JUNIO DE 2024: BOE-A-2024-8713 Orden ISM/386/2024, de 29 de abril, por la que se regula la suscripción de convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas reguladas en la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, realizadas con anterioridad a su fecha de entrada en vigor., a través del Registro electrónico de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social adscritos a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones o, en su caso, por los medios telemáticos que establezca la Tesorería General de la Seguridad Social a través del portal existente en la sede electrónica de dicha Secretaría de Estado o mediante la cumplimentación del modelo establecido al efecto por el citado servicio común de la Seguridad Social.

La documentación acreditativa de las prácticas realizadas y de sus períodos de duración, con el número de días concreto en que se han realizado deberá aportarse junto con la solicitud de suscripción del convenio especial, dentro del plazo indicado en el párrafo anterior.

En la solicitud deberá hacerse constar, asimismo, si se ha suscrito o no el convenio especial previsto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por la realización de prácticas remuneradas con anterioridad al 1 de noviembre de 2011.

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